Una Junta Directiva (Junta) de 12 miembros gobierna la Autoridad del Río San Antonio (Autoridad del Río). La Junta consta de dos miembros generales de cada uno de los condados de Wilson, Karnes y Goliad, más dos miembros generales del condado de Bexar y un miembro de cada uno de los cuatro distritos de River Authority en el condado de Bexar, para un total de seis miembros que representan a Bexar. Condado.
Todos los mandatos de la Junta son por un período de seis años. No hay límites de mandato. Todos los puestos son elegidos excepto en el caso de una vacante antes del final del mandato, en cuyo caso el Gobernador del Estado de Texas designa un reemplazo para completar el mandato. Cuando los candidatos no tienen oposición, el código electoral de Texas permite que una entidad declare mediante ordenanza que los candidatos no tienen oposición y son elegidos para el cargo. Las elecciones para los miembros de la Junta de la Autoridad del Río son escalonadas. La Autoridad del Río celebra elecciones cada dos años.
Junta Directiva
Jim Campbell
Distrito 4 del condado de Bexar, presidente de la junta
Gaylon J. Oehlke
Condado de Karnes
Patrice Melancon, profesora de Educación Física
Condado de Bexar en general
Liza “Lisa” Barratachea
Condado de Bexar en general
Lourdes Galván
Distrito 2 del condado de Bexar
Michael W. Lackey, PE
Distrito 3 del condado de Bexar
James Fuller, MD
Condado de Goliad
HB “Viaje” Ruckman III
Condado de Karnes
Jerry G.Gonzales
Distrito 1 del condado de Bexar
Domingo Carvajal
Condado de Wilson
Derek J. Gaudlitz
Condado de Wilson
Juan Yochem
Condado de Goliad
Descargue y revise los documentos de posición de la Autoridad del Río San Antonio sobre una serie de temas relacionados con la salud de San Antonio. Cuenca del río.
Una Junta de doce (12) miembros gobierna la Autoridad del Río San Antonio (Autoridad del Río). La Junta consta de dos miembros generales de cada uno de los condados de Bexar, Wilson, Karnes y Goliad, y un miembro de cada uno de los cuatro distritos de River Authority en el condado de Bexar, para un total de doce (12) miembros.
Todos los puestos son elegidos excepto en el caso de una vacante inesperada antes de que finalice el mandato, en cuyo caso el Gobernador del Estado de Texas nombra un reemplazo para completar el mandato. Los mandatos de la junta están escalonados y las elecciones se celebran en noviembre de los años impares. La Autoridad del Río convoca sus elecciones mediante ordenanza y de acuerdo con el código electoral de Texas. Cada elección se administra a través de la oficina electoral de cada condado. Cuando los candidatos no tienen oposición, el código electoral de Texas permite que la Autoridad del Río declare mediante ordenanza que los candidatos no tienen oposición y son elegidos para el cargo.
Después de esta pasada sesión legislativa, la legislatura cambió la duración del mandato de los miembros de la Junta Directiva de seis años a cuatro años sin límites de mandato. Serán declarados electos los dos candidatos que obtengan el mayor número de votos. Para garantizar que los mandatos de los miembros de la Junta sigan siendo escalonados durante la transición de mandatos de seis años a mandatos de cuatro años, la persona que reciba el mayor número de votos será elegida para el primer puesto general de Director del Condado de Bexar y desempeñará un mandato de cuatro años. mandato de un año que comienza el 1 de enero de 2024 y finaliza el 31 de diciembre de 2027. El candidato que reciba el segundo mayor número de votos será elegido para el segundo puesto general de Director del Condado de Bexar y cumplirá un mandato de dos años que comenzará el 1 de enero de 2024. y finalizará el 31 de diciembre de 2025. Después de las elecciones de 2023, todas las elecciones posteriores se llevarán a cabo cada cuatro años y todos los miembros de la Junta desempeñarán un mandato de cuatro años.
Los deberes de los miembros de la Junta se describen en los estatutos y la ley habilitante de la Autoridad del Río. Se anima a las personas que estén considerando postularse para un cargo de la Junta de la Autoridad del Río a que se familiaricen con los estatutos y la ley habilitante. (agregue el enlace a la Ley Habilitante actualizada)
- Requisitos de las reuniones periódicas: La Junta Directiva se reúne en sesiones mensuales regulares el tercer miércoles de cada mes a las 2 pm en la oficina principal de River Authority, 100 E. Guenther Street, en San Antonio, Condado de Bexar, Texas. Las reuniones suelen durar entre dos y tres horas. La Junta podrá celebrar reuniones periódicas en otros lugares y horarios si así lo ordena la Junta. Además, la Junta puede establecer comités y/o grupos de trabajo adicionales para ayudar a la Junta por mayoría de votos de la Junta. Todos los miembros de la Junta pueden formar parte de uno o más comités y/o grupos de trabajo de la Junta. Todas las reuniones ordinarias de la Junta se llevan a cabo de conformidad con la Ley de Reuniones Abiertas de Texas.
- Requisitos de formación: Una persona que sea elegida o designada como miembro de la Junta no podrá votar, deliberar ni ser contada como miembro de la Junta hasta que complete un programa de capacitación de conformidad con la Sección 13-a de la ley habilitante. El programa de capacitación incluye, entre otros, información sobre:
- – Leyes que rigen las operaciones de la Autoridad del Río, así como aquellas leyes aplicables a los miembros de la Junta;
- – Programas, funciones, reglamento y presupuesto de la Autoridad Fluvial;
- – Alcance y limitaciones de la autoridad normativa de la Junta;
- – Resultados de la auditoría formal más reciente de la Autoridad del Río;
- – Ley de Reuniones Abiertas: La Junta Directiva de River Authority está sujeta a la Ley de Reuniones Abiertas (OMA) y debe participar en capacitación educativa de conformidad con la sección 551.005 del Código de Gobierno de Texas. El requisito de capacitación se aplica a todos los funcionarios electos o designados que participan en reuniones sujetas a la OMA. La ley exige que los miembros sujetos a la OMA completen la capacitación dentro de los 90 días posteriores a haber prestado juramento o haber asumido las responsabilidades del cargo. Para obtener más información sobre la capacitación sobre la Ley de Reuniones Abiertas, visite: texasattorneygeneral.gov
- – Ley de Información Pública: Toda la información producida por y para la Junta Directiva y el personal de River Authority está sujeta a la Ley de Información Pública de Texas (Código de Gobierno de Texas 552). El público tiene derecho a un acceso rápido a los registros de la Autoridad del Río que no sean confidenciales ni estén protegidos de otro modo. Todas las comunicaciones de los miembros de la Junta de la Autoridad del Río con respecto a los negocios de la Autoridad del Río están sujetas a la Ley de Información Pública (es decir, correo electrónico, documentos, mensajes de texto, reuniones y actas, así como información sobre el llenado de las elecciones).
- Requisitos de divulgación financiera:
- Cada año, los miembros de la Junta de River Authority deben presentar estados financieros personales (PFS) ante la Comisión de Ética de Texas (TEC). ética.estado.tx.us. Tenga en cuenta que esta información está sujeta a la Ley de Información Pública.
Ética: Los miembros de la Junta de la Autoridad del Río están sujetos a reglas de ética (Sección 19), incluida la divulgación de conflictos de intereses.
Requisitos de elegibilidad: Para ser elegible para ser elegido o designado Director, todos los candidatos deben cumplir con los siguientes requisitos según lo dispuesto en la ley habilitante (sección 9):
(i) cualquier persona mayor de veintiún (21) años, (ii) residiendo dentro del Distrito y dentro del condado desde el cual fueron elegidos o designados y (iii) que posea las calificaciones de un jurado será elegible para ser elegido o designado y para servir como director.
La Sección 176.004 del Código de Gobierno Local requiere que un “funcionario de gobierno local” complete un Declaracion de conflicto de interes (CIS) revelar cualquier relación comercial con la agencia del gobierno local si recibe ingresos sujetos a impuestos o ciertos obsequios de cualquier persona o empresa que tenga contrato con la Autoridad del Río o esté considerando hacer negocios con la Autoridad del Río.
Se requiere que un “funcionario del gobierno local” (LGO) presente un CIS si:
- La persona ha contratado con la entidad gubernamental local; o
- La entidad gubernamental local está considerando hacer negocios con la persona y la persona tiene un empleo u otra relación comercial con el funcionario del gobierno local o un familiar del funcionario, que resulta en que el funcionario o el familiar reciba ingresos sujetos a impuestos; o
- La persona le ha dado a un funcionario del gobierno local o a un miembro de su familia uno o más obsequios que tienen un valor agregado de más de $250 en el período de 12 meses anterior a la fecha en que se ejecutó un contrato o la entidad del gobierno local está considerando hacer negocios con la persona. .
Los funcionarios del gobierno local y la administración de la Autoridad del Río son:
Junta Directiva: